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Artículo 19 acusa opacidad del Tribunal de Disciplina Judicial y promueve amparo

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Artículo 19 promovió un juicio de amparo indirecto contra el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), al señalar que, a un año de su instalación formal, el órgano no se ha registrado como sujeto obligado en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT). La omisión impide realizar solicitudes de información, obtener folios, dar seguimiento a los trámites y recurrir respuestas o negativas conforme a la legislación vigente.

El Tribunal de Disciplina Judicial es el órgano encargado de vigilar y sancionar el desempeño de jueces y magistrados. Su marco normativo establece obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y publicación de información en la PNT y en sus medios institucionales.

La organización indicó que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública fijó un plazo máximo de 30 días naturales, previsto en el artículo 18 transitorio, para que el Tribunal cumpliera con su registro como sujeto obligado. Sin embargo, sostuvo que las personas interesadas todavía no pueden utilizar la plataforma para consultar o solicitar información directamente al órgano judicial.

Ante esta situación, el Tribunal informó que habilitó el correo electrónico transparenciatdj@tdj.gob.mx para recibir solicitudes de acceso a la información. Artículo 19 consideró que esta vía no sustituye las obligaciones establecidas por la Ley de Transparencia, debido a que no garantiza plenamente la generación de folios, el seguimiento de los procedimientos ni la posibilidad de activar los medios ordinarios de impugnación.

La organización también pidió a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno adoptar, dentro de sus atribuciones, las medidas necesarias para que el Tribunal opere en la Plataforma Nacional de Transparencia y cuente con una vía efectiva de revisión frente a sus respuestas u omisiones. El amparo busca que el TDJ cumpla con sus obligaciones legales de transparencia y rendición de cuentas.